domingo, 24 de marzo de 2019

COMUNICADO DE RAFAEL BONILLA, SECRETARIO GENERAL DE VIAJEROS DE UGT, SOBRE EL ACUERDO DEL PRECIO DE LAS HORAS EXTRAS, RECIBIDO EL 7 DE MARZO DE 2019.

HOY  7 DE MARZO  DE  2019,  ESTABAMOS  CITADOS  PARA  LA  CELEBRACIÓN  DE  JUICIO,  TRAS  LA DEMANDA  INTERPUESTA  POR  UGT  ANTE  EL  TRIBUNAL  SUPERIOR  DE  JUSTICIA  DE  MADRID, CONTRA  FENEBUS,  ASINTRA,  CC.OO  Y  SLT,  TODOS  ELLOS  FIRMANTES  DEL  CONVENIO COLECTIVO  DEL SECTOR, DADO QUE EL VALOR DE LA HORA EXTRAORDINARIA FIJADA EN LAS TABLAS  SALARIALES  DEL  CONVENIO  NO  SE  AJUSTAN  A  LO  CONTEMPLADO  EN  EL  ARTICULO 35.1  DEL  ESTATUTO  DE  LOS  TRABAJADORES,  QUE  ESTABLECE  QUE  EL  VALOR  DE  LA  HORA EXTRAORDINARIA  TENDRÁ  QUE  SER,  COMO  MINIMO,  EL  VALOR DE  LA  HORA ORDINARIA. TRAS  HABER  INTENTADO,  TANTO  ANTE  EL  INSTITUTO  LABORAL,  COMO  ANTE  LA  COMISION PARITARIA  DEL  CONVENIO,  QUE  SE  RECONOCIESE  EL  DERECHO  DE  LOS/AS TRABAJADORES/AS  DEL  SECTOR  A  PERCIBIR  POR  LAS  HORAS  EXTRAORDINARIAS,  COMO MINIMO,  EL  MISMO  VALOR  QUE  A  CADA  UNO  CORRESPONDA  POR  SU  HORA  ORDINARIA  DE TRABAJO,  NO QUEDO MAS REMEDIO QUE INTERPONER LA DEMANDA, PARA QUE EL TRIBUNAL SUPERIOR  DE  JUSTICIA  DICTASE  SENTENCIA  AL  RESPECTO,  DADA  LA  NEGATIVA  DE  LOS FIRMANTES  A  RECONOCERLO. HA  HABIDO  QUE  ESPERAR MESES,  PERO HOY FECHA DEL JUICIO TANTO  LA PATRONAL COMO LOS  SINDICATOS  FIRMANTES  DEL  CONVENIO,  SE  HAN  AVENIDO  A  RECONOCER  Y  DEJAR  SIN EFECTO  POR  TANTO  EL  VALOR  DE  LA  HORA  EXTRAORDINARIA  FIJADA  EN  EL  CONVENIO  POR NO  ACOMODARSE  A  LO  ESTABLECIDO  EN  EL  ARTICULO  35.1  DEL  ESTATUTO  DE  LOS TRABAJADORES.  EN  FIN,  MEJOR  TARDE QUE  NUNCA……. COMO  CONSECUENCIA  DE  ESTA  DEMANDA,  LAS  HORAS  EXTRAORDINARIAS  QUE  REALIZAN LOS/AS  TRABAJADORES/AS  DEL  SECTOR,  TIENEN  QUE  ABONARSE  AL  VALOR  QUE  A  CADA UNO/A  CORRESPONDA  POR  CADA  HORA  ORDINARIA.  POR  LO  QUE,  COMO  MINIMO  UN/A CONDUCTOR/A  DEL  SECTOR  DEBE  COBRAR,  POR  HORA  EXTRAORDINARIA  EL  VALOR RESULTANTE  DE  SUMAR  SU  SALARIO  BASE,  SU  PLUS  CONVENIO  Y  SU  ANTIGÜEDAD MULTIPLICARLO  POR  15  Y  DIVIDIRLO  ENTRE  1776,  A  MODO  DE  EJEMPLO  Y  SÓLO  CON  ESTOS TRES  CONCEPTOS,  LOS/AS  CONDUCTORES/AS  QUE  SIN  TENER  ANTIGÜEDAD  HAN  VENIDO PERCIBIENDO  POR  CADA  HORA  EXTRAORDINARIA  SEGÚN  LAS  TABLAS  DEL  CONVENIO  PARA EL  2019  UN  IMPORTE  DE  13,59  €/HORA,  DEBEN  PERCIBIR  14,03  €/HORA,  CON  UN  5%  DE ANTIGÜEDAD 14,53 €/HORA,  CON UN 10% 15,04  €/HORA  ,  CON UN 20%  16,04  €/HORA,  CON EL  UN 30%  17,05  €/HORA,  CON  UN 40%    18,06 €/HORA ,  CON UN 50%  19.07 €/HORA Y CON UN 60%   20,08 €/HORA.  SOLO  CON  ESOS  CONCEPTOS,  LOGICAMENTE  EN  LA  HORA  ORDINARIA  VAN  OTROS CONCEPTOS QUE CADA TRABAJADOR DEPENDIENDO  DE LA EMPRESA DEBERÁ CALCULAR. ALGUNOS  TIENEN  LA  POCA  VERGÜENZA  DE  SEGUIR  “ECHANDO  MIERDA”  A  LOS  QUE  HEMOS DEFENDIDO  Y RESPETADO EN TODO MOMENTO LA VOLUNTAD DE LOS/AS TRABAJADORES/AS, ESOS  QUE,  SI  LA  ASAMBLEA  SOBERANA  NO  APRUEBA  LO  QUE  ELLOS  PROPONEN,  PUES  SE REPITE LA ASAMBLEA TANTAS VECES COMO SEA NECESARIO HASTA QUE DIGA LO QUE ELLOS QUIEREN,  EN  FIN,  DEBEN  CREER  QUE  LOS/AS  TRABAJADORES/AS  SOMOS  TODOS/AS TONTOS/AS,  PERO  SE  LES  HA  VUELTO  A  VER  EL  PLUMERO,  AHORA  VIENEN  A  RECONOCER QUE  ESTA  MAL  EL  VALOR  DE  LAS  HORAS  EXTRAORDINARIAS,  DESPUES  DE  HABER  TENIDO QUE  DEMANDARLAS  UGT,  AL  MAS  PURO  ESTILO  EMPRESARIAL,  DEBE  SER  QUE  ESTÁN CONFUNDIDOS  DE QUE INTERESES DEBEN REPRESENTAR. OS SEGUIREMOS INFORMANDO…………………… 

COMUNICADO DE LA SECCIÓN SINDICAL DE UGT, INTERBUS SOBRE LAS HORAS EXTRAS. Domingo 24 de Marzo del 2019.

UGT INFORMA:

 

A principios de verano de 2018, fuimos convocados a una reunión de Delegados/as en la sede de UGT,  actos que celebramos con bastante frecuencia los Delegados/as de UGT, en  dicha reunión se nos propuso la opción de denunciar el valor de las horas extras y festivas, un valor con el que UGT nunca ha estado de acuerdo, al considerar que el  precio de la hora extra y festiva no podía estar por debajo de la hora ordinaria, ya que el trabajo es el mismo.

Después de explicarnos nuestros dirigentes, los pros y los contras de la medida y mantener un pequeño debate con  nuestras intervenciones, decidimos por UNANIMIDAD, que debíamos presentar la demanda, ya que considerábamos que era una opción de presionar a la patronal para que regulase la jornada, creando nuevos puestos de trabajo, al igual que afectaría a los contratos en vigor, muchos de larga duración, convirtiéndolos en contratos indefinidos, en su defecto, si los patronos seguían con la misma política de no regular la jornada, deberían abonar el precio de la hora ordinaria a la hora extra y festiva como marca el Artículo 35.1 del, E.T. Ese fue el mandato que los Delegados/as dimos a nuestros dirigentes  y estos se tomaron al pie de la letra.

Durante todo este tiempo se han movido en la dirección marcada, manteniendo diversas reuniones en el Instituto Laboral con los representantes de la Patronal y con los sindicatos firmantes del convenio CCOO y SLT, sin llegar a ningún acuerdo y negándose la Comisión Paritaria del Convenio a reconocer las reivindicaciones de UGT, motivos por los cuales UGT se vio en la necesidad de cursar demanda en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Tras meses de espera, el día 7 de marzo de 2019, día que se debería celebrar el juicio, la patronal y los sindicatos firmantes del convenio, en la puerta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, reconocen que UGT tiene razón, que el precio de la hora extra y festiva está por debajo del precio que le corresponde y que su valor debe ser el mismo que el de la hora ordinaria, no quisieron arriesgarse a sacar una sentencia en contra, aunque este reconocimiento que hacen en forma de avenencias, tiene carácter de JURISPRUDENCIA, aplicando a partir de ahora el precio real de las horas extras y festivas,  que le corresponde a cada trabajador/a del Sector que las realice, según su antigüedad, como reconoce la Comisión Paritaria del Convenio, en la reunión que mantuvieron hace pocas fechas, eliminando el precio de 13,59 euros con el que habían tasado la hora extra y festiva, de la tabla salarial, asumiendo el artículo 35.1 del Estatuto de los Trabajadores, COMO REIVINDICABA UGT.

 

Como bien sabéis UGT no tiene representación en la Comisión Paritaria del Convenio, ya que no firmo el convenio, como así decidimos los Delegados/as y la gran mayoría de afiliados, al considerar que era un convenio basado en  el beneficio económico, y a la baja, como hemos demostrado con el precio de las horas extras y festivas, dejando de lado el beneficio social para los trabajadores/as, ya que no regulaba la jornada completa y se quedaba corto en el resto de beneficios sociales.

Por esta situación se nos acusa de que los movimientos que hemos realizado para conseguir que se abone el precio real a las horas extras y festivas, son producto de una pataleta, precisamente por no tener representación en la Paritaria, al quedarnos fuera del convenio, MIENTEN.

UGT nunca ha renunciado a su compromiso con los trabajadores/as del Sector, siempre ha realizado su labor sindical, dentro y fuera del Convenio, teniendo como principal preocupación, conseguir el mayor beneficio para los trabajadores/as.

Producto de la labor sindical realizada, se ha conseguido regular el precio de la hora extra y festiva aplicando el artículo 35.1 del E.T. Del que se van a beneficiar todos/as los trabajadores/as del Sector de Transporte de Viajeros por Carretera de la Comunidad de Madrid.

 

 

 

MUEVETE CON UGT.