jueves, 6 de agosto de 2015

Fwd: RV: Ampliación de permisos de conciliación en los supuestos de adopción o acogimiento o guarda con fines de adopción

Buenos días,

 

 

Os informamos de la Ampliación de permisos de conciliación en los supuestos de adopción o acogimiento o guarda con fines de adopción.

El pasado martes 28 de julio se aprobó la Ley 26/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. (Publicada en BOE núm.180, de 29/7/ 2015) que, en su Disposición final tercera, modifica el art. 37.3 f) del Estatuto de los Trabajadores para recoger supuestos de permisos por el tiempo indispensable no sólo para la asistencia a realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto dentro

de la jornada laboral, sino también para la asistencia a sesiones informativas y de preparación y a la realización de exámenes psicológicos de idoneidad en los casos de adopción o acogimiento o guarda con fines de adopción.

 

El artículo Art. 37.3 ET queda redactado de la siguiente manera:

 

f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse dentro de la jornada laboral.

 

Esta modificación, que entrará en vigor a partir del 18 de Agosto de 2015 ( 20 días de su publicación en el «BOE), incluye para todos los trabajadores una nueva causa de derecho legal de permiso a ausentarse del trabajo con remuneración, solamente por el tiempo necesario y siempre que se justifique su realización y se acredite la imposibilidad de realizarlo fuera del horario de trabajo. Creemos importante la difusión de esta información, ya que los permisos retribuidos recogidos el art 37 suponen un mínimo de derecho que no se pueden denegar si el trabajador cumple las condiciones de la causa.

 

Salu2,

Ernesto.

 

Permanente Carreteras

SMC-UGT Madrid

Telefono 91 589 74 02—91 589 73 96

Fax: 91 589 74 05

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Descripción: Descripción: SMC-Madrid-Carreteras y Urbanos (4)

 

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Recibid un cordial saludo,

 

 

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Susana Romero Pedraz

Secretaría de Igualdad, Inmigración y Juventud

Federación SMC-Madrid

 

 

 

 



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