sábado, 26 de enero de 2019

jueves, 17 de enero de 2019

DE CONDUCTORES/AS 2019.

Os mando la nomina de conductores/as para 2019, añadiéndole   40 euros al sueldo base y 1,45% a los pluses.

Es provisional, hasta que el lunes que se reúne la paritaria y las firme para hacerlas oficiales, cuando disponga de ellas os la mandare..... SALUDOS.

miércoles, 16 de enero de 2019

DESGRAVACIÓN 1.000 EUROS PARA MADRES QUE TRABAJAN Y LLEVAN A SUS HIJOS A LA GUARDERÍA

 

Os envio información sobre La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018 modifica el artículo 81 de la Ley del IRPF, estableciendoque el importe de la deducción por maternidad (1.200 euros) se puedaincrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

El apartado 5 del citado artículo 81 establece la obligación de información que deben cumplir las guarderías o centros infantiles, obligación desarrollada por el apartado 9 del artículo 69 delReglamento del IRPF.

En base a dicha habilitación, se aprueba el modelo 233 de DECLARACIÓN INFORMATIVA POR GASTOS EN GUARDERÍAS O CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADOS, a presentar en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.

Hay que pedir al Centro/Guardería ese certificado en este mes para que os lo incluyan en la Renta, se presenta antes del 15 de febrero.Excepcionalmente para 2018 el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019. En próximos años se deberá hacerdurante enero. 

De momento las madres no tienen que hacer nada hasta que no empiece la campaña de la Renta,que este año será del 2 de abril al 1 de julio. Cuando se conozca el modelo de la declaración, se sabrá si las madres deben marcar alguna casilla en concreto o si directamente se aplicará la deducción con los datos recibidos por los centros.

Los requisitos para pedirlo

Para poder contar con esta deducción, se deben cumplir los siguientes requisitos:

Que el pago se haga a guarderías y centros de educación infantilautorizados.

Que se abonen esa mensualidad por la inscripción y matrícula, la asistencia -en horario general y ampliado- y la alimentación, siempre que se hayan producidopor meses completos.

Se considerará tanto el importe pagado por la madre como el satisfecho por el otro progenitor,adoptante, tutor o acogedor.

·   No se tendrán en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería o centro de educación infantil. Es decir, que si la empresa tiene algún tipo de cheque o ayuda para la guardería,ese complemento no es compatible con este descuento del IRPF: hay que elegir una cosa u otra.

¿Quién tiene derecho a percibir los 1.000 euros completos?

La deducción se calculará de forma proporcional al número de mesesque el niño esté inscrito en la guardería, el importe total del gastoefectivo del centro y lascotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social.

Por lo general, las madres que ya cumplan los requisitos para recibir la deducción de los 1.200 euros,también los cumplirán para recibir los 1.000 euros completos, si el niño ha asistido a la guardería todo el curso en horario completo.

¿Qué pasa si mi hijo cumplió 3 años y siguió en la guardería antes de empezar el colegio?

En ese caso, se podrán tener en cuenta para la deducción los meses que el niño ha estado en la guardería hasta el mes anterior al del comienzo del segundo ciclo deeducación infantil. Es decir, que si el niño empezó el colegio en septiembre de 2018 y cumplió los 3 años en enero de 2018, se tendrán en cuenta que de febrero a julio siguió en la guardería a la hora de aplicar esta deducción en la declaración de este año pero, igualmente, el centro deberá dar aviso a Hacienda durante estos días.

Toda la información en el siguiente link:https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/GI45.shtml