lunes, 21 de diciembre de 2015

Fwd: INFO-FLASH Trabajo a turnos

---------- Mensaje reenviado ----------
De: Permanente Carreteras SMC-UGT <permanente.carreteras.madrid@smcugt.org>
Fecha: 21/12/2015 10:39
Asunto: INFO-FLASH Trabajo a turnos
Para: Permanente Carreteras SMC-UGT <permanente.carreteras.madrid@smcugt.org>
Cc:

 



 

 

Descripción: cid:C8F71A0A-D613-47C0-8F03-21E5C322D10A@homestation

 

El trabajo a turnos 

El art. 36.3 ET define el trabajo a turnos como la forma de organización del trabajo en equipos por la que los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un ritmo continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas.

Modificación del régimen del trabajo a turnos

Según el art. 41.1.c) del ET, la modificación del régimen de trabajo a turnos constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que la dirección de la empresa puede acordar cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, si bien está sometida a las mismas formalidades que el cambio de jornada.

Descripción: cid:51340F23-F6D0-4810-8F57-A57693507A35@homestation

 

 

 

Salu2,

Ernesto

Permanente Carreteras

SMC-UGT Madrid

Telefono 91 589 74 02—91 589 73 96

Fax: 91 589 74 05

http://www.smcugt.org

 

Descripción: Descripción: SMC-Madrid-Carreteras y Urbanos (4)

 

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