El día 29 de enreo se tuvo lugar una reunión a tres bandas,en la que participaron la Patronal, el consorcio, y los sindicatos (UGT y CCOO).
El punto a tratar,era la reducción de servicios, reducción que los empresarios proponían en un 20%, lo que podría afectar a los trabajadores del sector, poniendo en riesgo el puesto de trabajo de un número considerable de compañer@s.
Por suerte para nosotros, el resultado de la reunión fué la no aceptación de la propuesta de la patronal, y cerrar la reunión sin acuerdo por parete del consorcio,que era lo que defendían los Sindicatos.
Esto quiere decir que LAS EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A REALIZAR TODOS LOS SERVICIOS DIARIOS QUE TIENEN ACORDADOS.Por tanto, no debe de haber ninguna pérdida de puestos de trabajo.
Pero como bien sabeis, interbus ha tomado unas decisiones a nuestro modo de ver, muy injustas, como despedir a ciertos compañeros del departamento de talleres y limpieza, pasar de inspectores a conductores a dos compañeros, no renovar los contratos a los conductores, y alguna medida más que se les esté pasando por la cabeza, que nos enteraremos, como siempre cuando lo lleven a la práctica.
Desde U.G.T. esperamos que la empresa respete el resultado de dicha reunión, y pare esas medidas que estaba llevando a cabo, y nos dé la garantía y tranquilidad de asegurar nuestros puestos de trabjo, y el poco beneficio social hasta la fecha conseguido.
EL PRIMER BLOG DE LA SECCION SINDICAL DE UGT EN INTERBUS. LA PRIMERA SECCIÓN SINDICAL QUE PONE A INTERBUS Y SUS TRABAJADORES EN EL MAPA
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Etiquetas
- accidentes de trabajo
- acuerdo precio horas extras
- Asamblea
- atrasos
- calidad
- conciliacion
- convenio colectivo 2018
- cursos de formación
- cursos gratuitos
- DAMAS
- desgravación guardería
- EL GATO
- GRUPO INTERBUS
- horas extras
- igualdad
- IRPF
- maternidad
- modelo 233
- Muevete con UGT porque UGT sí se mueve
- Noticias
- paternidad
- permiso de paternidad
- permisos retribuidos
- prejubilación
- prevención
- promocion de la salud
- seguridad
- sentencia
- siniestralidad
- VCM-504
- VJA 089
No hay comentarios:
Publicar un comentario