Como bien sabéis nuestra jornada laboral es de cuarenta horas semanales, excepto cuando en una semana hay una fiesta, que se reduce a treinta y dos horas, porque esa semana hay cuatro días de trabajo y tres días de libranza por ese motivo son semanas de treinta y dos horas de jornada laboral. Como bien sabéis en el mes de Mayo no solo hay una semana de ese tipo, sino hay dos, y en una de ellas hay dos días de fiesta lo que la reduce a venticuatro horas de jornada laboral y cuatro días de libranza.
¿Por qué os cuento esto? Porque estas incidencias en el cuadrante, se tienen que reflejar en la nomina. ¿Cómo? Controlando la nomina con respecto a nuestro cuadrante, teniendo en cuenta que la primera semana de mayo tiene dos días de fiesta que son el día uno y el día dos, por lo cual esa semana tenemos que librar cuatro días y contarla como una semana de venticuatro horas semanales, lo que significa que los que hayamos trabado las dos fiestas, no nos saldrá venticuatro horas sino nos saldrán mas,entonces nos tendrán que abonar todo lo que pase de las venticuatro horas. También puede pasar que hayamos librado los días de fiesta, pero solo hemos librado dos días esa semana aunque hayan sido los días de fiestas, también nos tienen que pagar esos dos días, porque nos pasaremos de las venticuatro horas de la semana porque teníamos que librar cuatro días y hemos librado dos días. En resumidas cuentas, que todas las horas que nos pasemos de venticuatro nos la tienen que pagar. Lo mismo pasa con la tercera semana de este mes de Mayo, como bien sabéis el día quince fue festivo, lo que convierte a la semana en una semana de treinta y dos horas de jornada laboral, y tres días de libranza. Entonces el que no haya librado tres días, se pasara de las treinta y dos horas, y tendrá que cobrarlo. Os recuerdo, que si tenéis alguna duda o no os cuadra la nomina, la sección sindical de U.G.T. Estará el viernes día seis de Junio, en el cuarto del comité para resolver todas las dudas que tengais.
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